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viernes, 13 de mayo de 2022

Jueces y juezas franquistas por la gracia de Dios.



En octubre de 2020, el partido filofascista España 2000 organizó en el  barrio de Benimaclet de València, el día 12 de octubre, una "marcha de las antorchas" para pedir la dimisión del Gobierno de Sánchez. Los vecinos del barrio contestaron a esta provocación fascista, a través de una sonora cacerolada desde ventanas y balcones y con despliegues de pancartas. En dicha manifestación "de las antorchas", se vieron simbolos de la Falange y banderas franquistas.


Según informó La Vanguardia:

Los manifestantes del grupo de ultraderecha estuvieron en todo momento rodeados por agentes de la Policía Nacional y exhibieron abiertamente banderas franquistas y simbología nazi, como la cruz celta, pese a que todo ello está considerado infracción grave en la ley valenciana de Memoria Democrática.

Yo no he encontrado que los símbolos nazis como la cruz celta, estén castigados en la ley memorialística valenciana. Pero según el artículo 39 "... se considera contrario a la memoria democrática y a la dignidad de las víctimas":

a) La exhibición pública de escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones, como el nomenclátor de calles, inscripciones y otros elementos adosados a edificios públicos o situados en la vía pública realizados en conmemoración, exaltación o enaltecimiento individual o colectivo de la sublevación militar de 1936 y del franquismo, de sus dirigentes o de las organizaciones que sustentaron al régimen dictatorial.

b) La celebración de actos y/u homenajes de cualquier naturaleza que tengan como finalidad la conmemoración, la exaltación o el enaltecimiento individual o colectivo de la sublevación militar de 1936 y del franquismo, de sus dirigentes o de las organizaciones que sustentaron el régimen dictatorial.

c) Promover distinciones o reconocimientos de personas, entidades u organizaciones que sustentaron el régimen dictatorial. Página 26...👈

El Artículo 40 dice: Actos públicos contrarios a la memoria democrática.

Las administraciones públicas de la Comunitat Valenciana, en el marco de sus competencias y sin perjuicio de las que corresponden a la administración general del Estado, prevendrán y evitarán la realización de actos efectuados en público que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas o de sus familiares, exaltación de la sublevación militar o del franquismo, u homenaje o concesión de distinciones a las personas físicas o jurídicas que apoyaron la sublevación militar y la dictadura. Página 27...👈

El artículo 63 hace referencia al tipo de sanciones contrarias a la Ley de Memoria Democrática:

Artículo 63. Sanciones.

1. Las infracciones tipificadas en esta ley se podrán sancionar con sanciones pecuniarias y no pecuniarias.

2. Las sanciones pecuniarias consistirán en multas de cuantías comprendidas entre los siguientes importes en función de la gravedad de la infracción:

 a) Para infracciones muy graves: multa de 10.001 a 150.000 euros.

b) Para infracciones graves: multa de 2.001 a 10.000 euros.

c) Para infracciones leves: multa de 200 a 2.000 euros. Página 35...👈


 Está claro que la "Ley 14/2017, de 10 de noviembre, de memoria democrática y para la convivencia de la Comunitat Valenciana", no permite actos en la vía pública que humillen a las víctimas del franquismo, incluso hasta contempla penas pecunarias, y sacar una bandera con el aguilucho franquista es una afrenta grave a las víctimas del franquismo, como sería una humillación portar un símbolo de la ETA en plena calle. De todas formas, no son comparables los daños físicos causados por la ETA con la represión franquista de posguerra. A pesar de esto no debemos permitir ninguna humillación a las víctimas del terrorismo etarra. Y lo mismo hay que pedir con las víctimas del franquismo. A día de hoy todavía estamos exhumando fosas comunes.

En 2021 multaron a dos mujeres por portar unas banderas franquistas con 4.000 euros a cada una, durante la manifestación fascista convocada por democracia 2.000:

Dos personas tendrán que pagar sendas multas de 4.000 euros por llevar banderas franquistas. Se trata de las primeras sanciones que se imponen en España por enaltecimiento del franquismo (...).

La resolución observa que “la exhibición en el transcurso de la manifestación de símbolos franquistas bajo los que se cometieron actos de represión y violencia” han sido “reiteradamente condenados por instituciones internacionales”, entre las que citan la Resolución de la Asamblea General de la ONU de 12 de enero de 1946 y la Recomendación de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa del 17 de marzo de 2006. La Vanguardia...👈

Este 12 de mayo, elDiario.es nos reportaba la jueza Laura Alabau ha librado a esas dos mujeres de pagar la cuantiosa multa. La jueza "limita el ámbito al que se puede aplicar esta ley de memoria democrática y que “se refiere a la exhibición pública de escudos, u otros elementos, adosados a edificios públicos, o situados en la vía pública de forma permanente, por cuyo motivo establece un plazo para su retirada”, pero que “en ningún caso prohíbe o impide a cualquier ciudadano portar consigo, en su atuendo o sobre su persona, cualquier elemento que externalice su ideología”. Como hemos leído anteriormente, los artículos 39 y 40 si recogen ese supuesto. Pero puestos a reinterpretar siempre podemos encontrar rincones para defenestrar cualquier ley. El caso es que dicha Ley si que permite multar mostrar elementos franquistas en actos públicos.

La jueza Laura Alabau considera que la  "libertad de ideología –estipulada en el artículo 16 de la Constitución– y la libertad de expresión –en el artículo 20–, están por encima de la ley de memoria democrática y para la convivencia de la Comunitat Valenciana" (elDiario.es). Entonces por esa regla de tres, amparados por la libertad ideológica, un servidor podría alabar a la criminal banda terrorista etarra. Un servidor, usando principios ideológicos, podría afirmar que la ETA obró bien asesinando a diestro y siniestro para conseguir la liberación de  Euskal Herria. No se preocupen porque un servidor no piensa así. Resulta que existe una Ley contra el enaltecimiento del terrorismo que impide alabar a ETA, y a ningún juez nunca se le ha ocurrido decir que la libertad ideólogica de los terroristas está por encima de la Ley contra el enaltecimiento del terrorismo.


La jueza Alabau se hizo famosa por negar celebrar bodas homosexuales. Fue trasladada y sancionada con una multa de 305 euros. La sanción le fue impuesta por dudar de la independencia del poder judicial. Fue sancionada en mayo de 2007 por la Comisión Disciplinaria con la cantidad de 305 euros por sus críticas al Gobierno autonómico y a la Fiscalía de Alicante. En 2008 el CGPJ le retiró la sanción y en 2010 el TS avaló la decisión del CGPJ:
El Supremo ha desestimado así el recurso presentado por la Fiscalía contra el acuerdo del pleno del CGPJ que en septiembre de 2008 decidió revocar la sanción que, en mayo de 2007, la Comisión Disciplinaria del Poder Judicial impuso a Laura Alabau, magistrada titular del juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Denia y responsable del Registro Civil en este municipio por una falta muy grave.

Alabau, que cuestionó la constitucionalidad de los matrimonios homosexuales, fue sancionada por la Comisión Disciplinaria tras dirigir un escrito al fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) en el que se quejaba de haber sufrido "una persecución por parte del aparato propagandístico del Gobierno". Leer más...👈

Estamos ante el poder omnímodo de las togas, que dependiendo de la ideología del juez las sentencias pueden girar en sentidos totalmente contrarios. La sentencia del TS tuvo un voto particular del magistrado Pablo Lucas Murillo, donde se afirmaba que la sanción se ajustaba a derecho porque la Jueza Alabau "en su condición de magistrada, no podía pronunciarse de tal forma ante los ciudadanos".

Pisteando por ahí, me he topado con una declaraciones de la jueza sobre la eutanasia que me han hecho temblar. Esta magistrada asegura que la Ley de la eutanasia va a servir, nada más y nada menos, que para hacer purgas. Esto se lo escucho a la extrema derecha y me parece preocupante, pero que salga de la boca de una jueza me da pavor. Días oscuros y antidemocráticos se aproximan con Vox (y este tipo de jueces) en las puertas del Gobierno central. Esta magistrada se considera católica talibán. Y no lo digo yo: "Soy madre de familia, licenciada en Derecho, magistrada, aficionada al atletismo, y católica "talibán". ¡Alabau sea el Señor! 


Fuente: El Correo de España

Una de las multadas, Carlota Sales, fue entrevistada por el diario franquista/falangista El Correo de España, dirigido por Eduardo García Serrano, hijo del camisa vieja de la Falange, Rafael García Serrano, periodista que hace honor a los apellidos de su padre. 

Esta mujer que se reconoce como "franquista por ADN y de nacimiento, por encima de siglas y partidos. Luchadora incansable creyendo en mí misma y en Dios, en la Virgen del Pilar y con Fe en la justicia",  dijo en la entrevista que "se nos ha abierto una puerta a los patriotas que defendemos a la patria española. La ley autonómica prohíbe banderas del Águila de San Juan en edificios, no prohíbe llevarlas por la calle. Es una sentencia histórica que demuestra que no hay ninguna ley que impida mostrar la bandera nacional con el águila de San Juan en actos". El Águila de San Juan es la de los RR. CC. La que la señora llevaba adornando la bandera roja y amarilla, llevaba la leyenda "Una, Grande y Libre" y eso no tiene nada que ver con los RR. CC.

Mientras sucede todo esto, la izquierda sectaria mirándose el ombligo para ver que formaciones cuelan a sus propios candidatos. Podemos resucitó a IU, y ellos mismos se van a volver a suicidar. Se nos va a quedar una España fascista de cojones. A Franco, aparte de sacarlo del Cuelgamuros, habría que sacarlo también de las instituciones.

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