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jueves, 18 de noviembre de 2021

"El País" (Soledad Gallego) y el pseudoprogresismo en contra de acabar con la impunidad de la Ley de Amnistía


 Según nos dice la RAE, la amnistía es el "Perdón de cierto tipo de delitos, que extingue la responsabilidad de sus autores". Sencillo de entender. Para ser amnistiado primero tienes que delinquir, segundo tienes que ser juzgado y condenado, y posteriormente el Gobierno podrá conceder la amnistía. Se entiende que una vez que el Estado reconoce un delito, y dependiendiendo de las circunstancias, el propio Estado como medida de gracia para cumplir ciertos objetivos en torno al bien común, puede amnistiar los delitos que crea oportuno.

¿Entonces porqué se esgrime dicha Ley para no investigar los crimenes no ya de la Guerra Civil, sino del ejercicio de los 40 años de la dictadura? Primero tendríamos que saber cuales fueron los crímenes franquistas que se realizaron con total impunidad durante 40 años, y luego dependiendo de la naturaleza del crimen, habría que debatir si era preciso aplicar la amnistía o no.

 Esto dice la Ley.

Artículo I

I. Quedan amnistiados:

a) Todos los actos de intencionalidad política, cualquiera que fuese su resultado, tipificados como delitos y faltas realizados con anterioridad al día quince de diciembre de mil novecientos setenta y seis.

b) Todos los actos de la misma naturaleza realizados entre el quince de diciembre de mil novecientos setenta y seis y el quince de junio de mil novecientos setenta y siete, cuando en la intencionalidad política se aprecie además un móvil de restablecimiento de las libertades públicas o de reivindicación de autonomías de los pueblos de España.

c) Todos los actos de idéntica naturaleza e intencionalidad a los contemplados en el párrafo anterior realizados hasta el seis de octubre de mil novecientos setenta y siete, siempre que no hayan supuesto violencia grave contra la vida o la integridad de las personas.

La amnistía también comprenderá los delitos y faltas conexos con los del apartado anterior.

II. A. los meros efectos de subsunción en cada uno de los párrafos del apartado anterior, se entenderá por momento de realización del acto aquel en que se inició la actividad criminal.

Artículo segundo.

En todo caso están comprendidos en la amnistía:

a) Los delitos de rebelión y sedición, así como los delitos y faltas cometidos con ocasión o motivo de ellos, tipificados en el Código de justicia Militar.

b) La objeción de conciencia a la prestación del servido militar, por motivos éticos o religiosos.

c) Los delitos de denegación de auxilio a la Justicia por la negativa a revelar hechos de naturaleza política, conocidos en el ejercicio profesional.

d) Los actos de expresión de opinión, realizados a través de prensa, imprenta o cualquier otro medio de comunicación.

e) Los delitos y faltas que pudieran haber cometido las autoridades, funcionarios y agentes del orden público, con motivo u ocasión de la investigación y persecución de los actos incluidos en esta Ley.

f) Los delitos cometidos por los funcionarios y agentes del orden público contra el ejercicio de los derechos de las personas.

Un auténtico despropósito de Ley donde ponen al mismo nivel la objeción de conciencia, la opinión y la libertad de expresión (apartados "b" y "d"), con la tortura, el asesinato, y la represión de las fuerzas del orden y sus jefes (apartados "e" y "f").

En el artículo I, apartado "c", se dice que quedan amnistiados "Todos los actos de idéntica naturaleza e intencionalidad a los contemplados en el párrafo anterior realizados hasta el seis de octubre de mil novecientos setenta y siete, siempre que no hayan supuesto violencia grave contra la vida o la integridad de las personas. Esto último subrayado impediría sacar de la cárcel a los asesinos de la ETA -que después siguieron matando-, y a los torturadores de las fuerzas del orden franquista y a quienes consitieron dichas torturas cuando no las instigaron u ocultaron.

Se habla mucho de la Ley pero muy poco del contenido. Si se derogase no pasaría nada o pasaría muy poco, pues cualquier criminal de la Guerra Civil ya ha muerto. El PSOE dejó correr el tiempo haciéndose el loco, por eso no es entendible esa cerrazón para acabar con dicha Ley.

España firmó la declaración de los DD. HH. en 1976. El artículo 5 dice que "Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes". Esgrimiendo la Declaración de los DD. HH. se pudo juzgar a muchos criminales de la dictadura de Pinochet, donde la izquierda derogó una ley muy parecida a la ley española. La transisición española lejos de ser ejemplar, es un modelo a no seguir.

Desde El País, Soledad Gallego Rey ha firmado un infame artículo donde dice bastantes tonterías, como que la reforma de la Ley de Amnistía de 1977 para investigar los crímenes del franquismo  "puede hacer creer que la ley de 1977 fue un trágala de la extrema derecha". De sobra sabemos que era la izquierda quien pedía  “Libertad, Amnistía y Estatuto de Autonomía”. Yo era muy joven, pero mis mayores entonaron aquel coro infinidad de veces. Se pedía autogobierno y amnistía para sacar a los presos políticos del franquismo, pero en el imaginario colectivo de la izquierda no pudo estar condonar los delitos franquistas, ya que ni se sabían a ciencia ciertas cuales eran estos. Es lógico, no se hizo investigación alguna.

Soledad Gallego Rey afirma que "No se comentó en aquel momento, pero muchos dieron por entendido que la exigencia de amnistía total llevaba aparejada una amnistía paralela para los delitos cometidos durante la Guerra Civil y posguerra por los franquistas y por las fuerzas policiales, aunque no necesariamente ello implicara total impunidad, una palabra que no salió casi nunca en los debates y muy poco en las conversaciones privadas". Si no se comentó en aquel momento, ¿cómo puede saber esta mujer que muchos ¿quiénes?, habían entendido que "la exigencia de amnistía total llevaba aparejada una amnistía paralela" que dejaría sin efecto "los delitos cometidos durante la Guerra Civil y posguerra por los franquistas y por las fuerzas policiales". Si pensaron que aquella amnistía  "no necesariamente (...) implicara total impunidad", no hay nada más que hablar su señoría, porque eso es precisamente lo que ha pasado. Se ha usado la Ley de Amnistía contraviniendo la Declaración Universal de los DD. HH. 

Por eso no es extrañar que desde la ONU en repetidas ocasiones nos hayan demandado derogar la Ley de Amnistía de 1977. No se entiende desde fuera que un proceso realizado hace ya cuarenta años, como la transición española, impida que la impunidad franquista en los años 20 del siglo XXI siga intacta, vivita y coleando

ONU, 2015:

La ONU insta a España a derogar la Ley de Amnistía e investigar los crímenes del franquismo

El Comité [ de Derechos Humanos de Naciones Unidas] muestra su "preocupación por la posición del Estado parte de mantener en vigor la Ley de Amnistía de 1977, que impide la investigación de las violaciones de los derechos humanos del pasado, en particular los delitos de tortura, desapariciones forzadas y ejecuciones sumarias". elDiario.es

ONU, 2021:

ONU arremete contra la Ley de Amnistía de 1977 y pide perseguir penalmente a autores de desapariciones en el franquismo

 El Comité sobre Desapariciones Forzosas de la ONU ha emitido un informe en el que arremete contra la Ley de Amnistía de 1977, que considera un "obstáculo" para investigar las desapariciones forzadas de la Guerra Civil y la Dictadura franquista y pide que se castigue a los autores de los delitos "conforme a la gravedad de sus actos". EuropaPress

Que Marcelino Camacho o Santiago Carrilo (de Felipe González era de esperar), se adhirieran a aquella ley tan alegremente era comprensible: después de una larga Guerra Civil; y una, aún más larga dictadura, no estaba el horno para bollos. Los militares y las fuerzas del orden eran exactamente las mismas que cuando Franco murió, por eso no podríamos esperar que los militares se quedarían tranquilamente en sus cuarteles mientras las fuerzas democráticas intentaban juzgarles.

Hemos de corregir ciertas injusticias, fallos y errores que la izquierda cometió durante la transición. No pasa absolutamente nada; esto es algo que no entiende toda esta caterva de santurrones de la cofradía de la Santa Transición.



4 comentarios:

  1. l ex-diputado de Geroa Bai que, sin la amnistía del 77, hubiera tenido que cumplir 39 años más de cárcel - Haga clic ver también ☛ https://www.xn--espaaconfidencial-ixb.com/2021/11/19/el-ex-diputado-de-geroa-bai-que-sin-la-amnistia-del-77-hubiera-tenido-que-cumplir-39-anos-mas-de-carcel/ Billy el Niño murió de COVID ya a una edad respetable el año pasado. ¿Quién queda al que se le pueda perseguir hoy en día por la derogación de la amnistía del 77? ¿A Juan Luis Cebrián, por haber sido director de los informativos franquistas? ¿A Martín Villa? ¿Como genocida? En realidad casi todos los beneficiarios de aquella amnistía fueron etarras y miembros de otras organizaciones terroristas de extrema izquierda como el FRAP o los GRAPO. Resulta bastante obvio que la extrema izquierda no quiere liquidar la amnistía de 1977 para eso.

    X

    En la política navarra, sin embargo, hasta hace poco teníamos un claro caso de un político relevante que fue beneficiado por la amnistía de 1977, tanto que de revisarse esa amnistía le hubieran quedado 39 años de cárcel pendientes.

    X

    Cuando en 2015 Uxue Barcos fue elegida diputada foral, para a continuación convertirse en presidenta del Gobierno de Navarra, la persona que la sustituyó como diputada del Congreso en Madrid por Geroa Bai fue Rufino Vicente Serrano Izco. Serrano Izco fue miembro de ETA en la década de los 70 y como tal acusado y condenado en 1974 a 43 años de cárcel por el secuestro del industrial navarro Felipe Huarte en 1973. El resultado es que la amnistía de 1977 le libró a Serrano Izco de tener que haber cumplido 39 años adicionales de cárcel, que en principio es la condena que habría tenido que retomar en caso de liquidarse de un plumazo la citada amnistía.

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    1. ANTONIO GONZÁLEZ PACHECO
      El Gobierno sigue sin retirar las medallas al torturador Billy el Niño casi tres años después de anunciar que lo haría
      El Ejecutivo reconoce en una respuesta escrita al diputado de EH Bildu Jon Iñarritu que no puede revocar las condecoraciones a Antonio González Pacheco y al exgeneral de la Guardia Civil Enrique Rodríguez Galindo. https://www.publico.es/politica/gobierno-sigue-retirar-medallas-torturador-billy-nino-tres-anos-despues-anunciar-haria.html

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  2. Insoportable impunidad de ETA https://www.elmundo.es/opinion/2018/07/18/5b4dd625ca47413f068b4575.html a través de @elmundoes http://www.churchinhistory.org/pages/booklets/chloroform.htm

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    1. Terrorista fascista------- ANTONIO GONZÁLEZ PACHECO
      Billy el Niño: acusado de torturas, condecorado por el Estadohttps://elpais.com/espana/2020-05-07/billy-el-nino-acusado-de-torturas-condecorado-por-el-estado.html
      Muere a los 74 años de coronavirus el policía franquista Juan Antonio González Pacheco -----

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