miércoles, 22 de julio de 2026

Ocupa e inquiocupa

Desahucio de una familia

El término ocupa no está recogido en el Código Penal, entonces pues, tenemos que hablar  de allanamiento de morada, que es cuando una persona entra en tu primera o segunda vivienda habitual. Y hablamos de usurpación cuando el "ocupa" entra ilegalmente en cualquier otro tipo de inmueble que no es considerado como morada. El más grave y preocupante es el allanamiento de morada. En España, la Policía Nacional puede expulsar de forma inmediata y sin orden judicial a quienes ocupen una vivienda que constituya tu morada (primera o segunda residencia). Esto es un delito flagrante de allanamiento de morada. Si se trata de una casa vacía (usurpación), el proceso requiere orden judicial...

... El delito de allanamiento de morada se regula en el artículo 202.1 del Código Penal (CP), que establece que «el particular que, sin habitar en ella, entrare en morada ajena o se mantuviere en la misma contra la voluntad de su morador, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años«.

Téngase en cuenta que el tipo penal habla de «morada» y de «morador». La RAE define la morada como «lugar donde se habita«. Es decir, se requiere que el inmueble allanado sea el lugar de residencia de alguien, y que ese alguien no haya prestado su consentimiento a que accedan al interior de su casa.

El artículo 202.2 CP añade que «si el hecho se ejecutare con violencia o intimidación la pena será de prisión de uno a cuatro años y multa de seis a doce meses«. En otras palabras, con violencia o intimidación, la pena sube. Red Jurídica...👈

 

Aquí en este vídeo tenemos en acción a la Policía Nacional desalojando a un ocupa que había entrado ilegalmente un una vivienda habitual. Esto es lo que podríamos llamar un ocupa (okupa con k es un movimiento social), y su desalojo no conlleva mayores problemas. Ahora bien, si el inmueble no es una morada hay que denunciar a los juzgados, pero se acaba de publicar una nueva ley que agiliza esos juicios en un plazo de 15 días: "Entre las novedades procesales, se amplían los supuestos de conformidad, se regula la ejecución penal y la justicia restaurativa. Los delitos de ocupación se dirimen como juicios rápidos y los procesos penales con víctimas menores de edad tienen tramitación preferente (ver enlace...👈). 

Obviamente, si no se necesita orden judicial para expulsar al ocupa que ha allanado tu morada, estos juicios rápidos agilizarán que el delincuente sea procesado por la vía rápida, y el propietario al que le hayan usurpado un inmueble que no es vivienda habitual, podrá recuperarlo en un plazo de 15 días.

Existe otro modelo que han rebautizado chapuceramente como ocupación, que es la inquiocupación. Es un término de creación muy reciente. Hace pocos años en la prensa o en televisión nadie hablaba de inquiocupación. Es un nuevo constructo mediático para crear un problema social inexistente. Lógicamente, el que tenga uno de esos mal llamados inquiocupa tiene un problema, pues para expulsarlo tiene que acudir a los juzgados y para este tipo de contencioso no existen juicios rápidos.

El inquiocupa, es el típico inquilino que deja de pagar el alquiler. Bien porque es un cara dura o bien porque no tiene medios económicos suficientes. Y el que deja de pagar el alquiler por falta de medios económicos, eso para un servidor si es un problema social y muy grave, ya que la Constitución recoge el derecho a la vivienda, aunque este no sea un derecho fundamental. Un inquilino no entra ilegalmente a una vivienda, y por eso no se le puede considerar como ocupa. 

El inquilino firma un contrato formal de alquiler, y cuando deja de pagarlo es un moroso. Lo mismo que cuando compras un coche, y dejas de pagar el préstamo con el que adquiriste una propiedad, como cuando dejas de pagar una hipoteca. En todos estos casos, impagos de alquiler, de hipotecas y de cualquier otro tipo, se necesita recurrir a la justicia para resolver el conflicto. Por eso se tarda una media de dos años en resolver uno de estos juicios, porque no solo hay que resolver impagos de alquiler, sino de otros muchos tipos, aparte de otros contenciosos menores.

Según explican en La Razón: "la Junta de Extremadura, dirigida por el PP, ha ido un paso más allá y ha aprobado una nueva medida para ayudar en la lucha contra la okupación. La medida aprobada es ofrecer abogados de forma gratuita a todas las personas afectadas por la okupación. Así fue anunciado el acuerdo en su web oficial: "La Junta de Extremadura y los colegios de Abogados de Cáceres y Badajoz han firmado este lunes un convenio de colaboración para orientación y asistencia profesional a particulares afectados por la ocupación ilegal de inmuebles destinados a vivienda". Para que se pueda afrontar esta medida, el Gobierno extremeño aporta 50.000 euros este año, 25.000 euros a cada Colegio de Abogados" (La Razón...👈).

Esta noticia ya la adelantó hace unas semanas el diario regional HOY, que según informaban, en el año 2025, la oficina "antiokupación" de Extremadura (comunidad en la que somos 1.055.347 habitantes) solo tuvieron "230 llamadas, aunque muchas de ellas corresponden a una misma consulta o fueron de corta duración por no responder al objeto del servicio" (HOY...👈. Es decir, muchas llamadas eran de la misma persona o no tenían nada que ver con el motivo de la oficina "antiokupa". 

A penas tuvieron llamadas en 365 días. Otro chiringuito del PP para enchufar a amigotes. Y según el mismo diario, la oficina en un principio no trataba la inquiokupación, porque dejaba "fuera a los casos en los que hay problemas entre el propietario y el inquilino con el pago del alquiler y por tanto para que el dueño recupere la propiedad". Y por eso "ante la demanda ciudadana, ya que la mayor parte de las consultas recibidas se centra en esta cuestión, se ha decidido ampliar la atención a ese tipo de casos, para lo que se ha ampliado el objeto de los convenios".

Es decir, de las 230 llamadas si descontamos las repetidas casi ninguna era para tratar un caso de allanamiento de morada o de usurpación (de ocupación), sino para informarse como echar a un inquilino moroso. Los afectados contarán con asesoría jurídica gratis, pero el problema seguirá siendo el mismo, porque tendrán que demandar a los juzgados y esperar a que los jueces hagan su trabajo. O sea,  la oficina "antiokupación" de Extremadura no deja de ser una chorrada, eso sí, una chorrada muy mediática. El problema de "okupación" en España no es tal. Y no es que no existan ocupas, que los hay, pero no me cansaré de afirmar que hasta la fecha la auténtica ocupación no es un problema social.

María Guardiola no es nada original porque ya se le adelantó Isabel Díaz Ayuso: "Desmontando el alarmismo del 'teléfono anti-okupas' y el mito de la "okupación masiva" en Madrid"...

... El Gobierno madrileño multiplica campañas contra un problema residual mientras mantiene cientos de pisos vacíos y familias sin techo.

 El Gobierno de la Comunidad de Madrid, liderado por Isabel Díaz Ayuso, ha convertido el fenómeno de la ocupación ilegal en una herramienta clave de su discurso político. En un reportaje de El Mundo se elogiaba la creación del número gratuito “112 Ocupación”, que habría atendido 4.582 llamadas de personas “afectadas o preocupadas”. Sin embargo, los datos oficiales revelan una realidad muy distinta y mucho menos alarmante.

Según fuentes independientes, desde junio de 2022 hasta febrero de 2025 se registraron 3.826 llamadas, de las cuales solo 219 derivaron en atención real y apenas 42 casos fueron revertidos. Es decir, unas cuatro llamadas diarias en toda la región con algo más de siete millones de habitantes, tomemos cualquiera de las dos referencias. Pese a ello, el Gobierno regional presenta el servicio como un “éxito rotundo”. Nueva Tribuna...👈

La derecha española siempre ha sido muy manipuladora y tramposa. Tampoco digo nada extraordinario que ya no supiéramos. Lo malo es que millones de ciudadanos caen en sus trampas: "Paquita, a sus 82 años y con parkinson, gana tiempo en su desahucio para poner pisos turísticos: “No es justo que me echen para ganar más”...

... La empresa Tolesanta, a la que le cerraron pisos turísticos por ruidos y molestias, quiere echar a la mujer pese a que paga 1.180 euros de alquiler.

 Ya en 2023 un juez dictaminó que tenía que abandonar la casa, pero siguió pagando el alquiler a los juzgados asesorada por su abogado para mantenerse en ella hasta que hubiera orden de desahucio. Hace algo más de un año, la empresa volvió a admitir los pagos directamente. “Cuando eso pasó, me quedé más tranquila, el abogado me dijo que si la empresa admite el pago, es que no me quieren echar”, cuenta.

Pero hace unos días, la situación dio un giro con una orden judicial que pedía el desahucio. Aunque fue emitida el 2 de julio, a Paquita le llegó días más tarde, insuficiente para buscar piso. “Además, que cuesta mucho”, advierte la mujer ante un mercado con poca oferta y aún menos a precios asumibles.  elDiario.es...👈

 

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