Me dice un amigo que los jueces en España no se jubilan en su cargo, al menos en el Tribunal, Constitucional (TC), en el Tribunal Supremo (TS) y en el CGPJ. Veamos, estamos hablando de tres órganos totalmente distintos que no debiéramos de confundir. El Tribunal Supremo si pertence al Poder Judicial, pero el TC y el CGPJ no son Poder Judicial.
Que si el CGPJ es Poder Judicial, es una de las dudas más comunes sobre el sistema legal español, precisamente porque en sus siglas lleva las palabras Poder Judicial. La respuesta corta es no exactamente, pero con un matiz muy importante: es el órgano de gobierno del Poder Judicial, pero no ejerce la función judicial. El CGPJ no es un tribunal. Es un órgano político/administrativo independiente (en teoría) que se encarga de gobernar a los jueces. Se encarga de los nombramientos de jueces, los ascensos, la formación, las inspecciones y el régimen disciplinario. Pero no dicta sentencias, no juzga a ciudadanos ni resuelve pleitos.
El Poder Judicial real lo ejercen los jueces y magistrados de forma individual en sus respectivos juzgados y tribunales (como el Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional o los Tribunales Superiores de Justicia). Ellos son los que tienen la potestad jurisdiccional (juzgar y hacer ejecutar lo juzgado). El CGPJ no es el Poder Judicial en un sentido estricto (porque no juzga), sino el órgano constitucional que lo administra y gobierna para garantizar que los jueces puedan trabajar con independencia de los políticos. Este órgano ha de renovarse a cada cierto tiempo.
El TC tampoco pertenece al Poder Judicial, pues tampoco tiene potestad para juzgar. El Poder Judicial está regulado en el Título VI de la Constitución y su cúspide es el Tribunal Supremo. El Tribunal Constitucional, en cambio, se regula en el Título IX. Es un órgano constitucional único e independiente; no tiene ningún tribunal por encima de él en España, pero tampoco manda sobre los juzgados normales. Los jueces del Poder Judicial aplican las leyes para resolver los problemas de los ciudadanos (un divorcio, un robo, un contrato roto). El Tribunal Constitucional no resuelve esos problemas del día a día. Su único trabajo es vigilar que ninguna ley, decisión del Gobierno o sentencia judicial vulnere la Constitución. Es el árbitro que decide si una ley es constitucional o no. Este órgano también se renueva con cierta periodicidad. Desde el TC no se puede hacer una guerra jurídica como se está haciendo desde el Poder Judicial. El TC lo máximo que puede hacer es tumbar o aprobar una ley. Como hizo con la Amnistía Fiscal de Montoro, al dictaminar que los delitos económicos no se podían olvidar.
Ahora bien, el TS sí es Poder Judicial, pues sus funciones son dictar sentencias, juzgar a los aforados y resolver los recursos en última instancia, pero al contrario que el TC y el CGPJ el magistrado que consigue una plaza en el TS mantiene la plaza hasta su jubilación. Por tanto, la plaza es fija e inamovible. Cuando un juez o magistrado es nombrado para el Tribunal Supremo de España, obtiene una condición de permanencia que está protegida directamente por la Constitución Española y la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).
Estos cargos nombrados por el CGPJ poseen la inamovilidad garantizada, porque es un principio constitucional. Un magistrado del Tribunal Supremo no puede ser cesado, suspendido, trasladado ni jubilado sino por las causas estrictamente tasadas en la ley (como cometer un delito grave, incapacidad manifiesta, etc.). Esto garantiza que puedan juzgar con total independencia, sin miedo a ser destituidos por motivos políticos. La plaza se conserva, por lo general, hasta la jubilación forzosa. Por ley, esta se produce al cumplir los 70 años, aunque los magistrados tienen el derecho de solicitar una prórroga para continuar en servicio activo hasta un máximo de 72 años.
En EE. UU. los altos tribunales los elige directamente el presidente, saltándose mediadores como es el caso del CGPJ en España. Cuando un juez del TS en EE. UU. consigue una plaza, esta es de por vida, en España es hasta su jubilación forzosa o prorrogada durante dos años más.
Estamos viendo que en España si existe separación de poderes por todos los casos judiciales (Poder Judicial) que están atacando a Pedro Sánchez, ergo al Gobierno de la nación (Poder Ejecutivo). Pero esto no quiere decir que algunos jueces no sean partidistas. Circunstancia que desgraciadamente con la aparición del proces, y después con Podemos y ahora con Pedro Sánchez, estamos notando con demasiada frecuencia. Y esta imparcialidad, convierte España en una república bananera, y debilita la democracia muchísimo más que la corrupción política, pues esta a fin de cuentas es investigada y sancionada. Desgraciadamente el fallo democrático en España no viene por el Poder Ejecutivo, ni por El Poder legislativo, sino por el Poder Judicial, pero ojo, por la derecha del Poder Judicial. ¡Quién lo diría!
Tampoco se puede decir que todos los juicios en el entorno del PSOE sean lawfare, o la justicia politizada. Porque los casos de Cerdán, Ábalos y Koldo son reales y es pura corrupción en el seno del PSOE, pero no implican en medio de la trama a Pedro Sánchez, como no implican a Pedro Sánchez que Zapatero tengo varios millones de euros en joyas no declaradas de las cuales todavía no ha dado ninguna explicación, ni creo que podrá darlas para su desgracia.
Me decía un amigo que si yo creía que Felipe González, que no fue condenado estuvo implicado en la trama del GAL, que si pensaba que sí, entonces debía de pensar que Sánchez estaba en el ajo de la trama corrupta de Cerdán, Ábalos y Koldo. Son dos cosas totalmente distintas. Una es una trama de terrorismo de Estado, y lo de Ábalos, Koldo y Cerdán, es una trama para lucrarse con las mordidas que le ofrecía De Aldama a esos tres delincuentes.
Yo no creo que Felipe González estuviera implicado en el caso Roldán o en el caso Guerra (corrupción económica), pero lo más lógico es que el presidente del Gobierno supiera con pelos y señales como estaban gastando el dinero de los fondos reservados para la guerra sucia contra ETA. Como es lógico pensar que al rey Juan Carlos I, los servicios de información le tendrían informado del golpe de Estado de Tejero (aunque el no lo organizase), exactamente igual que informaron a Azaña que los militares estaban preparando un golpe de Estado. Ni Azaña hizo nada por parar a los golpistas del 36, ni el rey puso remedio para parar a los golpistas del 23-F. Como tampoco sería justo acusar a Alejandro Lerroux del caso del Estaperlo que acabó con su presidencia, pero que si implicaba a Alejandro Lerroux, sobrino del presidente del Gobierno del segundo bienio y jefe del Partido Republicano Radical (PRR).
El caso de Leire Díaz está en fase muy embrionaria y es difícil decir algo concluyente y coherente, pero es imposible, en opinión de muchos analistas, que esta señora pudiera ejercer presión en los jueces y la UCO para minimizar las investigaciones, más que nada porque no se ha parado ninguna investigación que sepamos hasta la fecha. Por eso, los casos más jugosos mediáticamente son el juicio a su hermano David Sánchez, condenado injustamente por prevaricación, algo que tampoco le afecta a Sánchez, pero que está generando horas y horas de tertulia en los mass media y decenas de titulares en las principales cabeceras de la prensa española.
Y ahora le viene el juicio a su mujer Begoña Gómez, que tras una instrucción chapucera y torticera del juez Peinado, corregido por sus superiores al menos en trece ocasiones (lo último ha sido que ha tenido que devolverle el pasaporte a Begoña Gómez que se lo tenía secuestrado), tendrá que sentarse ante un tribunal popular, que casi con toda seguridad la va a condenar. Un servidor si recela de algunos jueces (la inmensa mayoría son honrados), cree menos en los tribunales populares de infausto recuerdo desde la Guerra Civil española. Sea como fuere, Begoña Gómez que se dé por condenada.
El fin es sacar a Pedro Sánchez de la Moncloa, y si puede ser, por las malas. Ya que por las buenas, o sea por las vías legales como la moción de censura no ha podido ser, y ahora menos que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), haya avalado la Ley de Amnistía "descartando que vulnere el derecho comunitario tanto en materia antiterrorista como en la afectación a los intereses financieros de la UE, tal y como planteaban la Audiencia Nacional y el Tribunal de Cuentas respectivamente en sus cuestiones prejudiciales". "Los magistrados de Luxemburgo consideran que la norma del olvido judicial no es contraria al derecho comunitario" (Público...👈).
Si acaso no vamos a elecciones anticipadas, al menos se trata de desgastar lo máximo posible a Pedro sánchez, y en su conjunto al PSOE, para que pierda las siguientes elecciones generales. Ya que a pesar de ciertos problemas económicos por abajo, The Economist ha situado a España entre las cinco economías que mejor funcionan de la OCDE (ver enlace...👈), pues ataquemos a Gobierno por todos los flancos. La derecha siempre haciendo trampas. Nada nuevo.
Adenda.
La independencia del TC está garantizada, porque para formar parte de él, es requisito indispensable ser ciudadano español y jurista de reconocida competencia, ya sean magistrados, fiscales, profesores de universidad, funcionarios públicos o abogados, con más de 15 años de ejercicio profesional. Es decir todos tienen un puesto de trabajo a donde regresar, y como sabemos, el TC no solo está formado por jueces sino por catedráticos, como fue el caso de Joaquín Urías.

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