Lo importante para una empresa, según Rallo, es engendrar bienes y servicios, o lo que vendría a ser productos para consumir y ofrecer servicios tales como: limpieza, asistencia sanitaria, etc, etc, para que los "consumidores" compren esos servicios y productos a "un precio lo suficientemente elevado" (cuanto más mejor) para que las empresas den unos pingües beneficios, cuanto más mejor. Pero ¿quiénes son eso consumidores que pagarán ese precio suficientemente elevado? Esos consumidores son los propios trabajadores de esa empresa -y de otras-, que para optimizar sus beneficios no tendría escrúpulos en despedirlos.
miércoles, 10 de septiembre de 2014
La peligrosa ideología neoliberal.
Lo importante para una empresa, según Rallo, es engendrar bienes y servicios, o lo que vendría a ser productos para consumir y ofrecer servicios tales como: limpieza, asistencia sanitaria, etc, etc, para que los "consumidores" compren esos servicios y productos a "un precio lo suficientemente elevado" (cuanto más mejor) para que las empresas den unos pingües beneficios, cuanto más mejor. Pero ¿quiénes son eso consumidores que pagarán ese precio suficientemente elevado? Esos consumidores son los propios trabajadores de esa empresa -y de otras-, que para optimizar sus beneficios no tendría escrúpulos en despedirlos.
5 comentarios:
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Pues haber si la izquierda se aplica el cuento en temas similares e identicos en el fondo a la cuestón planteada, coherencia personal y laboral : La profesora de religión despedida por casarse con un divorciado no será readmitida este curso
ResponderEliminarResurrección Galera recibió la notificación del Obispado de Almería, que desoye al Tribunal Constitucional, que consideró nulo su despido http://www.publico.es/espana/441827/la-profesora-de-religion-despedida-por-casarse-con-un-divorciado-no-sera-readmitida-este-curso
No entiendo porqué una divorciada no va a poder dar clases de religión. Acaso sus neuronas tienen menos capacidad que la de una casada por la iglesia: estamos hablando de una asignatura que se da en un colegio público que para más inri se llama Ferrer Guardia. El sueldo lo paga el Estado no lo pagan los curas. Incoherencias y mas incoherencias en un Estado aconfesional.
ResponderEliminarPara la Iglesia, el principal titulo, aparte los conocimientos indispensables de la materia que se enseña, es el de la coherencia con la doctrina cristiana, principal garantía de que las clases correspondientes se atengan al guión de la asignatura.
ResponderEliminarEsta exigencia es de sobra conocida por el profesorado, que pasa el correspondiente examen de idoneidad exigido por la Iglesia. Una profesora que aborta voluntariamente, por ejemplo, no tiene ninguna autoridad moral para defender la vida conforme la doctrina de la Iglesia. El mismo criterio se aplica a quien se divorcia o contrae matrimonio civil con un divorciado. En realidad, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía tan solo ha abordado el caso del despido de la señora Galera desde una mera perspectiva jurídica civil, sin tener en cuenta las circunstancias morales que implica la enseñanza de una materia tan ligada al testimonio personal como es la Religión. De ahí que en los acuerdos entre la Iglesia y el Estado se haya reservado a la Iglesia el derecho a proponer al profesorado de Religión. Sería absurdo que, en nombre de la libertad religiosa, fuese obligatorio admitir a un ateo o un enemigo de la Iglesia como profesor de Religión, por muchos que sean sus conocimientos de la materia.
La Iglesia no entra para nada en el derecho de la señora Galera a vivir como le plazca, pero iría contra sus propios principios si, después de contravenir la doctrina que imparte, en este caso el matrimonio civil con un divorciado, admitiese de nuevo a la profesora como persona “idónea”. A este propósito cabe preguntarse hasta qué punto la polémica sentencia del TSJA, puede obligar al obispado almeriense a actuar en contra de lo que dispone el Derecho Canónico, que no ha tenido en cuenta el Tribunal como si no existiese, sino de su obligación de garantizar a los padres de los alumnos que eligen libremente la clase de Religión, una rigurosa selección de los candidatos a impartir la asignatura. Lo mínimo que puede exigirse a estos profesores es que sean coherentes con las enseñanzas que imparten. Lo contrario sería atentar contra el sentido común.
http://www.analisisdigital.org/2012/01/13/la-iglesia-y-la-ensenanza-de-religion-una-polemica-sentencia-del-tsja-que-va-contra-el-sentido-comun/
ResponderEliminarEsa es la opinión de la Iglesia, la mía es que mientras el Estado siga financiando la educación religiosa se tiene que amoldar a las leyes terrenales.
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